SociedadTandildocentes

Insultar a docentes ya tiene multa y arresto en Provincia

Agredir, hostigar o perturbar a docentes y personal de salud puede costar arresto o una multa. La norma también alcanza a servicios esenciales en Provincia.

Insultar a docentes ya tiene multa y arresto en Provincia
· 2 min de lectura

Agredir, insultar o perturbar a un docente, a un trabajador de la salud o a personal de servicios esenciales ya puede tener consecuencias más duras en la provincia de Buenos Aires. La Ley 15.647 modificó el Código de Faltas bonaerense y habilita sanciones de entre 5 y 30 días de arresto, además de multas económicas, para quienes incurran en esas conductas mientras el personal está trabajando.

La reforma llega a Tandil después de un escenario que dejó señales claras: agresiones en escuelas, movilizaciones y medidas de fuerza docentes. La norma no se limita a hechos de violencia física. Incluye hostigamiento, maltrato, insultos, provocaciones que generen escándalo y cualquier acción que altere el desarrollo normal de las tareas en instituciones educativas, centros de salud, oficinas de atención al público y servicios esenciales.

El cambio central está en el alcance. La protección, que ya contemplaba situaciones de violencia contra trabajadores de la educación, ahora incorpora expresamente al personal de salud y a empleados de servicios públicos esenciales. También quedan alcanzadas conductas como arrojar objetos contra trabajadores o bienes de utilidad pública, entrar sin autorización a sectores restringidos, negarse a retirarse cuando el personal lo solicita o interferir en la atención.

La multa no será simbólica. La ley establece un monto de entre el 50% y el 100% del haber mensual de un oficial del Agrupamiento Comando de la Policía bonaerense, calculado al momento del pago. Y hay un agravante importante: las sanciones se duplicarán si el hecho ocurre frente a alumnos, pacientes o menores de edad.

Para Tandil, el debate no es abstracto. Una agresión en una escuela puede frenar una clase; una discusión que escala en un centro de salud puede demorar una atención; una amenaza en una dependencia pública puede afectar a quienes esperan un trámite. La nueva norma busca fijar un límite, aunque también abre una pregunta inevitable: ¿alcanza con endurecer castigos o hace falta intervenir antes de que el conflicto explote?

Lo que se sabe hasta ahora
01La Ley 15.647 habilita arrestos de entre 5 y 30 días y multas por agredir o perturbar a trabajadores.
02La norma incluye hostigamiento, maltrato, insultos y acciones que alteren las tareas en instituciones y servicios.
03Las sanciones se duplicarán si el hecho ocurre frente a alumnos, pacientes o menores de edad.
Compartir

Seguí leyendo

Toda la sección →