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La casa se pagaba en cuotas, la escritura no esperaba

La Justicia ordenó escriturar una casa vendida por US$90.000 en Tandil: el conflicto incluyó cuotas, pesos, dólares y una rescisión fallida.

La casa se pagaba en cuotas, la escritura no esperaba
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Una compraventa de una vivienda en Tandil por US$90.000 terminó en la Justicia después de que la vendedora intentara rescindir el contrato y recuperar el inmueble. El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 de Tandil hizo lugar a la demanda del comprador y ordenó que se otorgue la escritura, aunque la sentencia todavía es de primera instancia y no quedó firme.

El acuerdo fue firmado el 21 de agosto de 2020. Preveía un anticipo y el pago de cuotas mensuales y consecutivas desde diciembre de ese año. La escritura, según lo informado en el expediente, estaba prevista originalmente para el 21 de septiembre de 2020. Ahí aparece el punto central del fallo: la jueza María Silvia Guidoni entendió que el contrato no ataba la escrituración a la cancelación total del precio, porque ambas obligaciones tenían plazos independientes.

El conflicto escaló en septiembre de 2021, cuando la propietaria intimó al comprador a pagar las cuotas en dólares estadounidenses, tal como figuraba en el contrato. El hombre sostuvo que, por las restricciones cambiarias vigentes en ese momento, las partes habían acordado pagar en pesos con una cotización intermedia entre el dólar oficial y el blue. Afirmó que esos pagos fueron recibidos inicialmente sin objeciones y que, luego de la disputa, continuó cumpliendo mediante depósitos judiciales.

La vendedora negó haber autorizado pagos en pesos. Argumentó que ese supuesto incumplimiento justificaba resolver la operación y reclamó la devolución de la vivienda en un plazo de 30 días. También señaló que había firmado durante la pandemia sin asesoramiento legal adecuado. Pero la resolución judicial consideró vigente la compraventa y priorizó el cumplimiento de la obligación de escriturar.

La sentencia del 27 de octubre de 2026 ordena a la propietaria firmar la escritura dentro de los diez días desde que el fallo quede firme y el escribano esté en condiciones de realizar el acto. Si no cumple, el tribunal dejó abierta la posibilidad de que la escritura sea otorgada judicialmente a su costa, siempre que sea legalmente posible.

El comprador no consiguió todo lo que pidió: fue rechazada una indemnización adicional de $4.600.000 por falta de prueba de los perjuicios invocados. Las costas fueron impuestas a la vendedora. El expediente deja una enseñanza incómoda para cualquier operación inmobiliaria local: cuando cambian las condiciones económicas, lo que quedó escrito —y lo que pueda probarse sobre lo acordado— puede definir quién se queda con la llave.

Lo que se sabe hasta ahora
01La Justicia ordenó escriturar una vivienda en Tandil vendida por US$90.000.
02La jueza entendió que la escrituración no dependía de cancelar totalmente el precio.
03La sentencia es de primera instancia y ordena firmar cuando el fallo quede firme.
04Rechazaron una indemnización de $4.600.000 por falta de prueba de perjuicios.

Pero la resolución judicial consideró vigente la compraventa y priorizó el cumplimiento de la obligación de escriturar

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