La infracción fue anulada, la devolución fue ordenada y la moto no apareció. Un vecino de Tandil reclamó la restitución de su Corven Triax 150, secuestrada en octubre de 2025, pero al momento de retirarla no fue localizada en la dependencia donde debía estar depositada. Ahora sospecha que el vehículo pudo haber sido compactado y el Municipio rechazó indemnizarlo.
El caso se inició el 4 de octubre de 2025, cuando personal de la Comisaría Primera secuestró la motocicleta, dominio A151SLZ, en una causa por una presunta infracción a la Ley Nacional de Tránsito. El expediente tramitó ante el Juzgado de Faltas N° 2 de Tandil y, tras varios meses, el 30 de julio de 2026 se declaró la nulidad de todas las actuaciones. La resolución ordenó el reintegro inmediato del rodado a su propietario.
Pero esa orden chocó con un problema difícil de explicar: la moto no pudo ser encontrada. Frente a esa situación, el damnificado presentó un reclamo administrativo para que se esclareciera qué ocurrió y se le reconociera una compensación económica por la pérdida del vehículo.
La respuesta llegó a través del Decreto N° 2931/2026, firmado por el intendente Miguel Ángel Lunghi. Allí, la Comuna desestimó el pedido de indemnización al sostener que su participación se limitó a prestar colaboración logística para el traslado de motovehículos al Depósito Judicial Cerro Leones, a requerimiento de la Policía bonaerense. Según el Municipio, no asumió la recepción, guarda ni custodia de esa unidad.
El decreto también señala que no hubo operativos municipales de compactación en las fechas mencionadas. De acuerdo con el convenio de uso entre el Municipio y el Ministerio de Seguridad bonaerense, la vigilancia del predio de Cerro Leones y la responsabilidad por daños o pérdidas de los bienes allí alojados corresponden exclusivamente a la Provincia.
Con esa interpretación, el Ejecutivo local dio por cerrada la vía administrativa y le indicó al reclamante que dirija sus acciones ante autoridades provinciales. En paralelo, la Justicia penal investiga el hecho en una causa por averiguación de ilícito. La pregunta sigue intacta: si una moto fue secuestrada y luego la falta quedó anulada, ¿quién debe responder cuando el vehículo que debían devolver ya no está?
La resolución ordenó el reintegro inmediato del rodado a su propietario. Pero esa orden chocó con un problema difícil de explicar: la moto no pudo ser encontrada





